Hereda un tercio de la legitima, o sea, si hereda algo. En el caso de que el matrimonio haya funcionado bien, el cónyuge puede dejarle al otro lo que estime conveniente, puede ser usufructuario de sus bienes también, pero si hay problemas con los herederos, por ejemplo en el caso de segundo matrimonio, lo lógico es que herede un tercio de la legítima.
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