En Chile el régimen supletorio es el de sociedad conyugal y me parece bien, las mujeres tienen un patrimonio reservado y pueden administrarlo. Además, usualmente el inmueble familiar es utilizado por la mujer, ya que se queda con los hijos si se divorcian. Por contra, el hombre es el jefe de la sociedad conyugal, pero la mujer tiene mecanismos que emplear en el caso que se presenten abusos.
El régimen alternativo que más están eligiendo en Chile es la separación total de bienes. Raramente deciden el de participación en los gananciales.
Claro que está aumentando bastante el acuerdo de unión civil, una especie de concubinato legalizado y que tiene como régimen el de separación total de bienes.
Yo soy de los románticos, de esos que compran un boleto en el titanic y muere abrazado con su amada cuando se está hundiendo el barco.
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