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Iniciado por Harvey
Error, si yo robo un banco se tiene que demostrar que lo he robado, tiene la fiscalía y acusación particular (si la hubiere) que demostrar que perpetré el delito.
Si una mujer denuncia a un hombre por maltrato el hombre tiene que demostrar que no es un maltratador.
Solo en la Ley Integral de Violencia de Género se invierte la carga de la prueba, se es culpable solo por el hecho de ser presentada la denuncia, no hacen falta pruebas, y tiene el acusado que aportar pruebas de su inocencia, en el resto del ordenamiento jurídico es al contrario.
Por desgracia es así.
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A ver, la teoría es esa.. Pero lo que quiero decir es que de ahí a que se cumpla la presunción de inocencia en según qué casos, es otra historia.