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Iniciado por No Registrado
Me voy a separar de mi pareja y tenemos un niño en comun de 17 meses y un piso al 50 por ciento, yo siendo el padre no tengo ningun ingreso, que pasaria ante un juez. Tanto en derechos de manutencion del hijo, derechos de visitas etc...
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Soy jurista y a lo largo de mi carrera he sido titular durante años de juzgados de primera instancia con familia, así que puedo decir que he divorciado a bastante gente. Ahora llevo varios años al frente de un juzgado de primera instancia sin familia y estoy, por tanto, un poco al margen del tema. De hecho, me consta que ha habido bastantes cambios al respecto, como por ejemplo en el régimen de custodia, pues cada vez son más los casos en que se otorga la custodia compartida (antes más del 90% de las custodias se concedían a la madre).
Bien, dicho esto, lo primero que debería saber es si vives en España o en otro país, ya que en este último caso habría que saber cuál es la legislación que opera en dicho país para poder opinar con criterio. Por consiguiente, yo solo te hablaré del caso de España, que es el que domino.
Para empezar, lo ideal sería que tu pareja y tú llegaseis a un acuerdo respecto a las diferentes cuestiones relativas al divorcio (guardia y custodia, régimen de visitas, pensión alimenticia), ya que así el proceso sería mucho menos costoso y largo. En este caso lo único que tendríais que hacer es firmar un convenio regulador en el que se incluyeran todas esas cuestiones, acudiendo luego al juzgado con un único abogado y procurador compartido (que en los casos de mutuo acuerdo suele ser además bastante barato). El proceso en este caso es muy simple: el Ministerio Fiscal da el visto bueno al convenido regulador y el juez lo aprueba posteriormente en sentencia. Solo eso.
Si no es posible que lleguéis a este tipo de acuerdo, entonces no queda más remedio que acudir a la vía contenciosa. En este caso la demanda de divorcio deberá ir firmada por abogado y procurador, pues la intervención de tales profesionales es preceptiva en este tipo de procedimientos. Si, como dices, careces de ingresos, podrás solicitar el beneficio de justicia gratuita y que te los asignen de oficio. Ahora bien, como todo lo que es gratis, los abogados de oficio no suelen ser los mejores (siempre hay excepciones, claro está) y, por tanto, su defensa quizá no sea todo lo buena que tú desearías.
Una vez presentada la demanda, tu pareja deberá contestarla (también con abogado y procurador) y, resumiendo para no alargarme demasiado, se señalará luego una vista, tras la cual el juez dictará sentencia. Esta sentencia, además de declarar el divorcio, deberá pronunciarse sobre todas las medidas relativas al mismo, esto es, guardia y custodia, régimen de visitas y pensión de alimentos. Todas estas medidas han de adoptarse siempre en interés exclusivo del menor.
Lo primero a decidir es la guardia y custodia del menor. Este es un punto vital, ya que afecta también al uso de la vivienda. Ten en cuenta que la vivienda pasará a ser de uso exclusivo del menor y, por tanto, del progenitor al que se confíe la custodia de este. El otro progenitor tendrá que abandonarla. Como dije al principio, hasta hace pocos años lo normal era conceder la custodia a la madre, salvo en casos excepcionales (que esta fuese drogadicta, alcohólica o que no pudiera hacerse cargo de los hijos por diferentes motivos). Hoy en día, en cambio, cada vez hay mayor tendencia a conceder la custodia compartida. De hecho, las últimas sentencias de las Audiencias Provinciales en fase de apelación parecen incidir por ese camino.
Así que si pides la custodia compartida y el juez te la concede, vuestro hijo vivirá en el domicilio familiar y tu ya ex pareja y tú os alternareis en dicho domicilio en función de los periodos que se establezcan (quincenales, mensuales, trimestrales). Por ejemplo, si se establece la custodia por periodos mensuales, los meses que te toque a ti vivirás con tu hijo en la vivienda familiar y los meses que no te toque deberás irte de alquiler o con tus padres, según tus posibilidades. A mí personalmente no es un sistema que me seduzca demasiado, pero ya digo que es el que últimamente parece estar más en boga.
Si, por el contrario, la custodia se la conceden a tu pareja, entonces no te quedará otra que abandonar la vivienda y buscarte la vida como puedas. En este último caso lo que se establece es un régimen de visitas para el progenitor no custodio. Este régimen de visitas varía en función de las circunstancias personales, laborales, etcétera, de cada caso, pero lo normal suele ser que se establezca un régimen de visitas de fines de semana alternos (uno sí y otro no), un día entre semana (con o sin pernocta) y la mitad de los periodos vacacionales. Conste que estoy hablando en términos muy generales, pues cada caso es un mundo.
En cuanto a la pensión alimenticia, esta también varía en función de si se concede custodia compartida o si la custodia se le concede exclusivamente a la madre (en este caso no contemplo la posibilidad de custodia al padre, dado que el menor solo tiene 17 meses; de hecho, hasta veo difícil la custodia compartida siendo el niño tan pequeño). Si la custodia le es concedida a la madre, no te quedará más remedio que pagar una pensión de alimentos para tu hijo, pues es obligatorio fijarla en la sentencia incluso aunque tú no tengas ingresos. Si, como dices, estás desempleado y sin ingresos, la pensión será mínima. No sé cómo estará en estos momentos el baremo, ya que, como dije al principio, estoy actualmente bastante desentendido del tema, pero calculo que no menos de 200 euros mensuales.
Finalmente, en el caso de custodia compartida, los gastos del menor se satisfarían en principio al 50%, asumiendo cada parte los gastos de manutención estricta durante los periodos que convivan con el menor, y los gastos de ropa, escolares, extraescolares, etcétera, por mitad. Ahora bien, dada tu carencia de ingresos, el juez podría fijar una pensión alimenticia a sufragar por el progenitor de mayores ingresos (en este caso tu pareja) o establecer una proporción distinta en cuanto a contribución a los gastos (por ejemplo, 60% ella y 40% tú), siempre en interés del menor, para que este tenga siempre cubiertas sus necesidades.
Pues nada, espero haberte servido un poco de ayuda en este delicado trance. Siempre he dicho que el divorcio es la principal causa de ruina en este país.