Cita:
Iniciado por Daffodil
Solo en España?; y en otros paises no?; de dónde eres tú?
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Soy de España y solo conozco la legislación española. Dar de alta los servicios y pagar el alta es obligación del dueño de la vivienda, pero claro, el inquilino lo puede pagar si quiere, pero no está obligado a menos que lo estipule en el contrato de arrendamiento, en ese caso sería un acuerdo privado entre las partes.