Obviamente, tienes que solicitar la ejecución de la prestación de alimentos en Colombia, porque si la solicitases aquí el Juzgado lo único que podría hacer es dictar auto declarándola pertinente, pero con el demandado en rebeldía, para que luego se tramitase conforme a las reglas del Derecho Internacional Privado, lo que en resumidas cuentas es... perder el tiempo. Eso en el caso de que se declare competente.
El único modo que tiene ciertas garantías es solicitar allí el execuátur a través de un despacho colombiano. Aunque una cosa es la teoría y otra la práctica. Desconozco cómo está el mundillo judicial por esas tierras, pero me temo lo peor, máxime siendo una sentencia que pide una extranjera contra un nacional, y que si luego se negase a pagar demoraría mucho tiempo y dinero.
La solucion penal por delito contra las obligaciones familiares también es compleja, porque en el caso de que se dictase requisitoria a la Interpol (lo cual ya es ciencia ficción) el tercer país tiene que conceder la extradición, algo que me resulta cuando menos improbable, dado el nivel de corrupción de la Administración de aquellos lugares.
Me harían falta más datos para valorar tu caso. Si tienes alguna duda más escríbela por aquí. Un saludo.
|