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Antiguo 15-Jan-2014  
Usuario Experto
Avatar de _Nela_
 
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Hola a todos,
Si tuvierais que elegir entre casaros, como siempre se ha hecho tradicionalmente, o ser pareja de hecho, ¿qué haríais?

¿Sabéis que diferencia hay exactamente entre una cosa y otra? ¿Conocéis a gente que sea pareja de hecho? ¿Tienen los mismos derechos que una pareja casada?

Muchas gracias por vuestras respuestas
 
Antiguo 15-Jan-2014  
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Yo no sé exactamente que es una pareja de hecho, creo que simplemente es un certificado de convivencia y no sé que derechos habrá y cuales no.

Y prefiero casarme por lo civil, que te pidan matrimonio si quieres casarte con esa persona debe ser maravilloso.
 
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Yo no sé exactamente que es una pareja de hecho, creo que simplemente es un certificado de convivencia y no sé que derechos habrá y cuales no.

Y prefiero casarme por lo civil, que te pidan matrimonio si quieres casarte con esa persona debe ser maravilloso.
La verdad es que sí, aunque por otro lado odio las bodas así que lo mío sería boda civil super íntima. Pero a veces pienso que da un poco de miedo casarse, y más después de algunas relaciones fallidas, ya no creo tanto en eso del amor para toda la vida...
 
Antiguo 15-Jan-2014  
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La verdad es que sí, aunque por otro lado odio las bodas así que lo mío sería boda civil super íntima. Pero a veces pienso que da un poco de miedo casarse, y más después de algunas relaciones fallidas, ya no creo tanto en eso del amor para toda la vida...
Para eso existe el divorcio, no sé, tampoco puedes ir con la mentalidad de que saldrá mal. Si quieres a esa persona y quieres casarte con ella creo que lo demás te da igual.
 
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No te cases. Si se rompe algo tendrá arreglo si no lo haces. Y si va bien, no necesitas nada mas que a tu hombre.
 
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Para eso existe el divorcio, no sé, tampoco puedes ir con la mentalidad de que saldrá mal. Si quieres a esa persona y quieres casarte con ella creo que lo demás te da igual.
El divorcio... el divorcio es un protocolo ansiado que muchos ni logran obtenerlo (o con unas consecuencias bastante arrepentidas).
 
Antiguo 15-Jan-2014  
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Yo no estoy pensando en casarme ni nada de eso. El otro día lo hablaba con una amiga porque ella está pensando en hacerse pareja de hecho.
 
Antiguo 15-Jan-2014  
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Pareja, simplemente...... y convivir juntos. Asi si la relacion se rompe, cada uno por su lado y adios muy buenas
 
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Buena, por fin me siento útil en un tema . Espero que mi escaso conocimiento en la materia te sirva de ayuda:

Para empezar, he de decir que tengo una profesora que recomienda casarse. El motivo? Pues porque, tras los atentados del 11-M, muchísima gente se quedó sin pensión de viudedad debido a que no habían contraído un vínculo conyugal, y lo solicitaron, pero es que siendo pareja de hecho o lo que quieras, mientras no esté formalizado legalmente... nada.

Por otro lado, aparte de las ventajas fiscales, si no me equivoco consisten en poder hacer una declaración de la renta conjunta. Y eso, ¿en qué se traduce? Pues en obtener ventajas fiscales, decir: que cuando te den la "devolución de Hacienda", recibas más dinero. Esto desde el punto de vista fiscal.

Desde el punto de vista civil. Las ventajas también son innumerables, especialmente si os casáis por el régimen de gananciales: ya que eso significa que uno de los cónyuges no va a poder tomar dinero a préstamo sin el consentimiento del otro cónyuge, entre otras cosas. ¿Y qué pasa si lo hace? Pues podrá anular el negocio jurídico celebrado, es decir, el contrato ¿para qué? Para evitar la ruina familiar.
Porque no olvidemos que en este régimen económico matrimonial, los dineros de los cónyuges prácticamente se funden, para que me entendáis.

¿Y si acordáis el régimen de separación? Pues sería mejor que vivir en pareja de hecho, porque de las deudas que contraiga cada uno de los cónyuges responderá exclusivamente con su patrimonio privativo.

¿Qué pasa si no os casáis? Pues que al convivir inevitablemente hay que "pactar" una forma de regulación económica producto de la convivencia, y ahí ya es más complicado, muchísimo más complicado. Por eso el contraer matrimonio simplifica toda esta relación, que sí, que diréis que podéis pactar las normas que queráis, pero si contraéis matrimonio el proceso será muchísimo más sencillo.

Por otro lado, ventajas hereditarias. Por si no lo sabéis, en España rige el principio de libertad de testar, pero está limitado con la institución de la legítima. Y esa limitación es mucha limitación. Si uno de los dos fallece, y tiene descendientes, y no ha hecho testamento, automáticamente todo va para ellos, o para los ascendientes, y la pareja de hecho no tiene derecho a ABSOLUTAMENTE NADA! Y si hiciera testamento, sólo podría disponer a favor de su pareja de hecho de un tercio de sus bienes hereditarios. Diréis: pues que se los done durante su vida; bien, pues hay una institución llamada: donaciones inoficiosas, que significa que cuando el donante ha donado en vida más de los bienes de los que puede disponer en el momento de su muerte, entonces, se reducirán en cuanto "al exceso".
Y si contraen matrimonio, el cónyuge viudo tendrá derecho, como mínimo, al usufructo del tercio destinado a la mejora si concurre con descendientes (y si no, más aún).
Y además hay cláusulas testamentarias para beneficiar al cónyuge viudo, una que dice que deja en usufructo todos sus bienes a su consorte, y si alguno de sus herederos o legitimarios impugna el testamento, sólo tendrá derecho a la legítima estricta (o sea, la parte correspondiente a un tercio). Así que cualquiera es el guapo que impugna un testamento con esta cláusula (que lo puede hacer, por supuesto).
Y sin embargo, si es pareja de hecho, no tiene derecho a absolutamente nada, ni derechos hereditarios más allá de lo permitido por la ley ni pensión de viudedad, etc...

Y bueno, esto es lo que sé, no es mucho, y seguro que hay más cosas.
 
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Es una decisión personal que deberá tomarse según la ideología, los intereses personales o la religión de cada uno. Sobre las diferencias legales entre estar casado civilmente en España o registrarse como pareja de hecho podríamos citar las siguientes:

Las parejas de hecho no pueden tributar en el modo de declaración conjunta del IRPF. En el ámbito laboral, el Estatuto de los Trabajadores no contempla las vacaciones por unirse en pareja de hecho salvo que el Convenio Colectivo al que esté adscrito el trabajador lo prevea. En el caso de ruptura de pareja, algunas comunidades regulan una pensión compensatoria para el miembro que ha resultado desfavorecido pero otras no lo recogen. En este caso, y a falta de pacto, el miembro que lo desee deberá acudir a la vía judicial para que el juez determine lo que estime más adecuado.

También hay que tener en cuenta la inexistencia de régimen económico ya que en su regulación prevalece la autonomía de la voluntad. De este modo, no se le aplica ni régimen de gananciales ni separación de bienes, aunque ambos miembros pueden pactar e inscribir en un documento público un convenio en el que se recoja el régimen económico por el que deseen regirse.
 
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Pues se puede vivir en unión libre un tiempo y después casarse si.

Mientras viva con él, no me importa inicialmente el "título".
 
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