Creo que es norma que acudas a un abogado que trate juicios de familia. O a alguna asistencia judicial que desconozco tendrás en el municipio en que vives o puedan ahí asesorarte dónde obtenerla.
Hay varios puntos que considerar, pero al menos sé que en estos casos hay más probabilidad de éxito:
1.- Razones de peso que signifiquen una vulneración de los niños. Ejemplo: abusos, maltratos físicos o sicológicos, violencia o situaciones de riesgo a las que estén expuestos en su custodia, abuso de drogas, que se les imparta una educación malsana para los niños, etc.
2.- Que él mismo renuncie a la custodia, porque esté consciente que su discapacidad no le permite el cuidado de sus hijos o que no quiera hacerlo.
3.- En caso que tu demanda se esté enfocando en su discapacidad, tiene que estar avalado por un informe médico de un especialista competente y que pueda asegurar que le inhabilita como tutor.
Más información no puedo proveerte, pero creo que en los casos anteriores es muy probable que la custodia sea otorgada y posiblemente completa.
Pero, también se debe considerar que si alguna de las situaciones anteriores pudiera ser modificada en un lapso de tiempo, el tribunal le puede asignar un plazo pertinente para cambiar las conductas que determine necesarias. Si al vencimiento y/o prórrogas no hay cumplimiento es probable que se entregue la custodia completa.
Ahora, como recomendación: si fuera el caso que tú y tus hijos están en una situación de riesgo, no importan otras consideraciones más que hacer las gestiones para las protecciones policiales debidas e iniciar el proceso judicial que termine con tal situación.
Si hay una situación peligrosa para tu familia no hay que tomar en cuenta qué tan fácil o difícil resulte el proceso, sólo hazlo y busca redes de protección, no hay que confiarse que lo que dice un papel les protegerá.
Sino fuera por ninguna de las situaciones anteriores, debes aún así buscar asistencia judicial para determinar si lo que demandas tiene sustento o deberás acostumbrarte en caso contrario a la custodia compartida, aunque te sepa mal.
Sino hubiera riesgo en las protecciones a los niños y obtuvieras la custodia total (por otras razones que no les vulneran sus derechos) deberás aceptar que los niños visiten a su padre en los días que se establezcan.
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