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La Ley Orgánica sobre Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género solo recoge en su definición de "violencia de género" aquella que tiene lugar en el marco de una relación de afectividad entre la víctima y el asesino, sean o no cónyuges, convivan juntos o no.

La ley obliga a que la relación tenga que ser estable y comprobada: por ejemplo, no reconoce los casos entre hombres y mujeres que mantienen relaciones esporádicas, como puede ser un amante; aquellas relaciones más recientes, o una relación entre una prostituta y un cliente", nos explica Graciela Atencio, periodista a la cabeza del proyecto infográfico de Feminicidio.net.

Aqui teneís mas información de todo el artículo : https://broadly.vice.com/es/article/...olencia-genero

Ya veis ...poca protección para las prostitutas , con la de obscenidades que tienen que aguantar , para que encima que las tengan que pasar ésto .
 
 

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