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Antiguo 04-May-2012  
TengoMiedo
Guest
 
Mensajes: n/a
hola buenas tardes. soy un chico y tengo una relacion con otro chico y llevamos mas de un año de relacion, convivimos juntos junto con nuestra perra la cual esta a mi nombre y el tras caso omiso por mi parte de no querer que se la lleve con el a su lugar de trabajo (donde esta su madre y demas), SE LA HA LLEVADO y me ha quitado MIS papeles donde figuro como titular de esta, a la cual, por cierto, adoro.

He sufrido agresiones, tanto fisicas como psicologicas durante meses y la verdad es que no puedo mas y estoy cansado de aguantar este tipo de malos tratos, estoy estudiando y mi pareja tiene problemas con el alcohol, bajo mi punto de vista. Aunque tampoco quiero entrar en detalles en profundidad ya que el tema esta yendo ya mas alla ya que la ultima agresion que ha habido lugar, tuvo lugar hace unos dias.

HOY HE IDO AL CENTRO DE SALUD ya que me dio un puñetazo en la nariz y me dio un cabezazo con su cabeza contra la mia y sali a pedir ayuda y nadie me abria la puerta de mis vecinos porque estan cansados, cosa que en parte entiendo, de tantos jaleos, discusiones a altas horas y a no tan altas, golpes, etcétera.

AHORA ESTOY UN POCO PERDIDO ya que van a mandar un parte de lesiones, imagino, al señor juez y yo sigo viviendo con esta persona, NO SÉ QUE HACER, ya que vivo a 900 kilómetros de donde esta casi toda mi familia y yo tengo algunos familiares aqui que no me pueden ayudar del todo, o quizas no quieran, cosa que tampoco quiero entrar en detalles.

POR FAVOR, ALGUIEN QUE HAYA ESTADO O QUE ESTE EN MI MISMA SITUACIÓN, CONSEJOS, ASESORAMIENTO, LO QUE SEA, CUALQUIER AYUDA ES MUY BIEN RECIBIDA, POR FAVOR.

SALUDOS Y GRACIAS DE ANTEMANO.
 
Antiguo 04-May-2012  
Super Moderadora ★
Usuario Experto
Avatar de Ginebra
 
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La verdad es que hay muchas ayudas a mujeres maltratadas pero en el caso de los hombres son escasas.

Aparte del parte de lesiones que tramitará el hospital tienes que denunciarlo y salir de esa casa, vete a casa de algún amigo hasta que decidas si vuelves con tu familia o no, no sé que más aconsejarte pero lo que está claro es que con el no te puedes quedar.
 
Antiguo 04-May-2012  
Usuario Experto
 
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ASISTENCIA MÉDICA

Si necesitas asistencia facultativa, dirígete al ambulatorio o Centro de Salud o al servicio de urgencia de los hospitales.

El diagnóstico, las lesiones observadas y el tratamiento prescrito por el médico tendrán su importancia para que en posterior juicio la sentencia se ajuste a los hechos denunciados, por eso NO OLVIDES solicitar el duplicado del informe médico o del parte de asistencia en el que conste que las contusiones o lesiones se han producido por una agresión física.



¿PRESENTAR UNA DENUNCIA?

DAR EL PRIMER PASO

Como los malos tratos suelen desarrollarse en el ámbito doméstico o en la más estricta intimidad, sin la presencia o incluso con la complicidad de testigos, eres tú, posible víctima, quien debes tomar la decisión de romper con tu silencio

¿POR QUÉ?

Con ella, comunicas verbalmente o por escrito o a la autoridad judicial, Ministerio Fiscal o Policía la comisión de un hecho presuntamente delictivo. Pones en marcha los medios adecuados para defender tu dignidad y obtener la tutela de los valores y principios básicos que deben presidir la convivencia familiar.

¿DÓNDE? ¿CÓMO?

Se interpone en cualquier Comisaría de Policía o en el Juzgado de Instrucción que esté de guardia.

Aporta todos los datos posibles sobre las circunstancias en las que se produjo la agresión, sin ocultar u omitir detalles que pueden ser imprescindibles para determinar la gravedad de la conducta.

Haz constar si has sufrido malos tratos en otras ocasiones.

Lee detenidamente el texto de la denuncia y antes de firmar haz que se incluyan las aclaraciones o ampliaciones que consideres conveniente.

Exige una copia o justificante.

TE INTERESA SABER QUE...

La ley protege tu integridad y salud física o mental, y castiga los malos tratos de obra o de palabra y la violencia habitual dentro de la familia.

En el momento de la denuncia o, en todo caso, en la primera comparecencia ante el juez recibirás información de tus derechos.

La copia de la denuncia y la sentencia penal pueden servir de prueba en un proceso matrimonial.



¿MARCHARSE DE CASA?

Cuando esté en peligro tu propia seguridad o la de tus hijos puedes abandonar el domicilio sin incumplir el deber de convivencia, siempre que en el plazo de 30 días solicites unas medidas provisionalísimas o presentes demanda de separación.



LAS MEDIDAS PROVISIONALES

Previstas para los casos de urgencia y necesidad, la Ley te faculta para solicitarlas personalmente del juez de Familia sin necesidad de Abogado ni de Procurador.

Contienen la autorización para vivir separados, medidas sobre la custodia de los hijos, disposición de la vivienda y auxilios económicos.



LA DEMANDA

Se interpone en el juzgado de Familia por medio de Abogado y Procurador. Si careces de recursos económicos y has solicitado asistencia jurídica gratuita encontrarás asesoramiento en el Colegio de Abogados, con la finalidad de orientar y encauzar tus pretensiones.



SI ABANDONAS EL DOMICILIO

Procura llevar contigo:

El libro de familia

DNI propio y el de tus hijos

Cartilla de la seguridad social

Nómina de la persona con la que convives o copia de la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Facturas y documentos que acrediten los gastos del sostenimiento familiar.espero que todo te salga bien yse muy fuerte,la gente esa es escoria,son HDP,que no merecen ni vivir.
 
Antiguo 04-May-2012  
Usuario Experto
Avatar de _SpartaN_
 
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No creo que este sea un sitio ideal donde pedir ayuda, ves a un especialista o a servicios sociales y mucho animo.
A esa cosa que tenias como pareja, le deseo muerte y destruccion
 
Antiguo 04-May-2012  
Usuario Experto
Avatar de licantropus
 
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Iniciado por walking Ver Mensaje
ASISTENCIA MÉDICA

Si necesitas asistencia facultativa, dirígete al ambulatorio o Centro de Salud o al servicio de urgencia de los hospitales.

El diagnóstico, las lesiones observadas y el tratamiento prescrito por el médico tendrán su importancia para que en posterior juicio la sentencia se ajuste a los hechos denunciados, por eso NO OLVIDES solicitar el duplicado del informe médico o del parte de asistencia en el que conste que las contusiones o lesiones se han producido por una agresión física.



¿PRESENTAR UNA DENUNCIA?

DAR EL PRIMER PASO

Como los malos tratos suelen desarrollarse en el ámbito doméstico o en la más estricta intimidad, sin la presencia o incluso con la complicidad de testigos, eres tú, posible víctima, quien debes tomar la decisión de romper con tu silencio

¿POR QUÉ?

Con ella, comunicas verbalmente o por escrito o a la autoridad judicial, Ministerio Fiscal o Policía la comisión de un hecho presuntamente delictivo. Pones en marcha los medios adecuados para defender tu dignidad y obtener la tutela de los valores y principios básicos que deben presidir la convivencia familiar.

¿DÓNDE? ¿CÓMO?

Se interpone en cualquier Comisaría de Policía o en el Juzgado de Instrucción que esté de guardia.

Aporta todos los datos posibles sobre las circunstancias en las que se produjo la agresión, sin ocultar u omitir detalles que pueden ser imprescindibles para determinar la gravedad de la conducta.

Haz constar si has sufrido malos tratos en otras ocasiones.

Lee detenidamente el texto de la denuncia y antes de firmar haz que se incluyan las aclaraciones o ampliaciones que consideres conveniente.

Exige una copia o justificante.

TE INTERESA SABER QUE...

La ley protege tu integridad y salud física o mental, y castiga los malos tratos de obra o de palabra y la violencia habitual dentro de la familia.

En el momento de la denuncia o, en todo caso, en la primera comparecencia ante el juez recibirás información de tus derechos.

La copia de la denuncia y la sentencia penal pueden servir de prueba en un proceso matrimonial.



¿MARCHARSE DE CASA?

Cuando esté en peligro tu propia seguridad o la de tus hijos puedes abandonar el domicilio sin incumplir el deber de convivencia, siempre que en el plazo de 30 días solicites unas medidas provisionalísimas o presentes demanda de separación.



LAS MEDIDAS PROVISIONALES

Previstas para los casos de urgencia y necesidad, la Ley te faculta para solicitarlas personalmente del juez de Familia sin necesidad de Abogado ni de Procurador.

Contienen la autorización para vivir separados, medidas sobre la custodia de los hijos, disposición de la vivienda y auxilios económicos.



LA DEMANDA

Se interpone en el juzgado de Familia por medio de Abogado y Procurador. Si careces de recursos económicos y has solicitado asistencia jurídica gratuita encontrarás asesoramiento en el Colegio de Abogados, con la finalidad de orientar y encauzar tus pretensiones.



SI ABANDONAS EL DOMICILIO

Procura llevar contigo:

El libro de familia

DNI propio y el de tus hijos

Cartilla de la seguridad social

Nómina de la persona con la que convives o copia de la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Facturas y documentos que acrediten los gastos del sostenimiento familiar.espero que todo te salga bien yse muy fuerte,la gente esa es escoria,son HDP,que no merecen ni vivir.




Forero Con Miedo!
Domine el temor y actue!... Salve su vida y su dignidad
El valiente vive hasta que el "cobarde" quiere...
Usted no merece ese trato y él, está enfermo...
Vaya con su familia, pero antes: Atienda lo que dice Walking, por favor.


Walk!!!!
Nada que decir, lo tuyo es una verdadera ventana de información
y en nombre de este chico, yo tambien te digo gracias!
Necesitaba orientación real, así como la tuya...
Vales mil, dos mil, trescientos mil! Amigo!...

auuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuu uuuuuuuuu!...
 
Antiguo 04-May-2012  
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Usuario Experto
 
Registrado el: 30-December-2009
Ubicación: D'on se us roba
Mensajes: 3.707
Agradecimientos recibidos: 166
Supongo que eres de España, LO PRIMERO antes de nada, te vas al cuartelillo o a la comisaria, antes que al ambulatorio, ya te mandaran a un medico forense.
 
Antiguo 04-May-2012  
Banned
Usuario Experto
 
Registrado el: 17-May-2011
Mensajes: 949
Agradecimientos recibidos: 5
Mátalo!!
 
Antiguo 05-May-2012  
TengoMiedo
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Mensajes: n/a
Muchas gracias por todas las respuestas. El parte de lesiones hace que haya un juicio ya directamente? el se enterara? es que sigo viviendo con el y la verdad es que tengo miedo de que se entere de que he ido al centro de salud y han enviado un parte de lesiones al juzgado de guardia
 
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