Así que la anormalidad reside en la frecuencia y no en el acto en sí....:pensando:[/QUOTE]Para considerarlo explotacion sexual del animal, si; así como demostrar el no consentimiento de este...
Creo que el art. 337 del codigo penal no procede, ya que no se trata de la explotacion sexual del animal; para eso tendría que desmostrarse que son actos muy frecuentes, o por lo menos más de lo que...