El adulterio dejó de ser delito en España a principios de los 80 así que, el que ella esté con otro hombre, a los jueces no les dice nada. Es que aunque te hubiera sido infiel en pleno matrimonio, no le pueden condenar por ello. Solo es delito ante los ojos de un tribunal religioso, como puedan ser los existentes en países islámicos o para un tribunal de la España franquista, pero nunca el adulterio será delito para un tribunal democrático. Así que olvídate de alegar la infidelidad de tu ex mujer de cara a conseguir la custodia de tu hijo. Que en lo personal pueda ser una falta muy grave para ti, totalmente respetable y comprensible, pero los ciudadanos nos tenemos que sujetar a lo que diga la ley, aunque no estemos de acuerdo en alguno de sus artículos.
Lo que sí puedes alegar al juez es el maltrato de tu ex mujer hacia vuestro hijo, que desconozco por qué le pegó, pero igualmente al juez le importará tres pitos el motivo por el cual le agredió, lo que de verdad le interesará es que ella le pegó y punto y final. Y hoy día las agresiones a menores son denunciables, aunque los autores sean los mismos padres. Consulta siempre con el abogado.
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