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Super Moderadora ★
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A veces se leen en los temas respuestas que aluden al tema de denunciar o no denunciar por acoso, respuestas que aunque se den con buena intención no siempre son acertadas y pueden dar lugar a arriesgadas confusiones.

Hay varios tipos de acoso pero dada la temática del foro el que más se ajusta es el artículo 172 que está en vigor desde 2.015.

Cita:
Artículo 172 ter del Código Penal:

1. Será castigado con la pena de prisión de tres meses a dos años o multa de seis a veinticuatro meses el que acose a una persona llevando a cabo de forma insistente y reiterada, y sin estar legítimamente autorizado, alguna de las conductas siguientes y, de este modo, altere gravemente el desarrollo de su vida cotidiana:

1.ª La vigile, la persiga o busque su cercanía física.
2.ª Establezca o intente establecer contacto con ella a través de cualquier medio de comunicación, o por medio de terceras personas.
3.ª Mediante el uso indebido de sus datos personales, adquiera productos o mercancías, o contrate servicios, o haga que terceras personas se pongan en contacto con ella.
4.ª Atente contra su libertad o contra su patrimonio, o contra la libertad o patrimonio de otra persona próxima a ella.

Si se trata de una persona especialmente vulnerable por razón de su edad, enfermedad o situación, se impondrá la pena de prisión de seis meses a dos años.

2. Cuando el ofendido fuere alguna de las personas a las que se refiere el apartado 2 del artículo 173, se impondrá una pena de prisión de uno a dos años, o trabajos en beneficio de la comunidad de sesenta a ciento veinte días. En este caso no será necesaria la denuncia a que se refiere el apartado 4 de este artículo.

3. Las penas previstas en este artículo se impondrán sin perjuicio de las que pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de acoso.

4. Los hechos descritos en este artículo sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o de su representante legal.
En el punto nº1 se menciona "forma insistente y reiterada" esto es importante como también lo es que el supuesto acoso altere gravemente el desarrollo de la vida cotidiana

Por ejemplo...llamar tres veces al día a tu ex o al chico/chica que te gusta no sería acoso, si lo llamas cada diez minutos pues puede que si.

La aportación de pruebas al denunciar es muy importante.
 
 


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